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jueves, 23 de abril de 2009

Cobro durante baja laboral en España

A día de hoy y según CC.OO no se considera baja como tal hasta el 4º día, por lo que los 3 primeros la empresa debe pagártelos como si hubieras estado trabajando, sobre todo si has presentado el justificante médico correspondiente.
Respecto al resto de los días, entre el 4º y el 20º, lo que corresponde es un 60% de la base de cotización.
Consultando el Convenio de Oficinas y Despachos de Cataluña, éste sólo recoge que se complementará el sueldo hasta el 100% a partir del 22º día de baja.

OJO: Ésto no es seguro, puesto que en libros de oposiciones indica que los tres primeros días no se percibe salario alguno (paradójicamente un funcionario siempre cobra el 100% del salario).
A ésto debo añadir que en mi caso, no cobré los tres primeros días de baja y se aplicó el 60% a partir del cuarto día. Hay empresas que sí pagan el 100% los tres primeros días.